Habemus el vuelo Rosario Córdoba para Avianca Argentina

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Hoy en el boletín oficial salió una resolución que incorporó a las rutas otorgadas en su momento a Avianca Argentina, la de Rosario Córdoba.

Esta había sido rechazada por la “falta de demanda existente” siendo que Aerolíneas Argentinas NO LA VOLABA de ida y vuelta. Sólo lo hacía de noche entre Rosario y Córdoba y no su regreso, en un vuelo que venía desde Ezeiza.

O sea no se podía evaluar realmente la falta de demanda existente.

Estas dos ciudades que le siguen a Buenos Aires en cantidad de habitantes no tenían conexión aérea, lo cual es absurdo.

Pero además para el plan operativo de Avianca Argentina era fundamental la aprobación ya que su taller está en Aeroparque y para establecer el hub en Córdoba y Tucumán necesitaba la ruta a Rosario donde intercambiaría los aviones cuando necesitaría rotarlos.

Si no se lo aprobaban, tendrían que volar esa ruta vacíos, lo cual sería un gasto innecesario.

Avianca Argentina no tiene previsto volar a Córdoba desde Aeroparque con los ATR 72, pero si desde Rosario, Córdoba y Tucumán a distintas ciudades. La semana que viene inaugura el vuelo que hará Aeroparque Rosario Reconquista, en el cual estaré presente.

Copio el texto donde se dice que no había sido evaluado correctamente el coeficiente de ocupación (lógicamente)

https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/187889/20180711

MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 597/2018

Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2018

VISTO los Expedientes Nº EX-2018-31037023-APN-ANAC#MTR y EX-2018-15223471-APN-ANAC#MTR, las Leyes Nº 17.285 (Código Aeronáutico), Nº 19.549, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 239 del 15 de marzo de 2007, los Decretos Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (t. o por el decreo 894/17), Nº 1492 del 20 de agosto de 1992 (t.o. por los Decretos Nº 2186/92 y Nº 192/01) y Nº 1770 del 29 de noviembre de 2007 y la Resolución N° 373 del 27 de abril de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° RESOL-2018-373-APN-MTR del 27 de abril de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se otorgó a AVIAN LÍNEAS AÉREAS S.A (CUIT 30-66351285-0) la concesión para la explotación de servicios regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de gran porte en TREINTA Y SIETE (37) rutas, omitiendo la concesión de la ruta “CÓRDOBA – ROSARIO – CÓRDOBA”.

Que dicha resolución se fundó en las consideraciones manifestadas por la JUNTA ASESORA DEL TRANSPORTE AÉREO en el Dictamen N° 597 del 24 de octubre de 2017, que consideró conveniente, necesario y de utilidad general que sean otorgadas las rutas internas solicitadas por la peticionante, con excepción de la ruta mencionada en el considerando antecedente, en el entendimiento de que ésta estaba operada con servicios regulares y no presentaría el coeficiente de ocupación del requerido.

Que por tal motivo, AVIAN LÍNEAS AÉREAS S.A interpuso un recurso de reconsideración el 14 de mayo de 2018, en los términos del artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. Decreto Nº 894/17) contra la Resolución N° 373/18 del MINISTERIO DE TRANSPORTE a fin de que se otorgara la ruta no concedida.

Que para fundar su recurso, la recurrente manifestó que la ruta en cuestión no estaba abastecida, ya que sólo era operada en el tramo “ROSARIO – CÓRDOBA” —es decir, sin regreso—, y que, en consecuencia, el promedio de coeficiente de ocupación considerado por la JUNTA ASESORA DE TRANSPORTE AÉREO no había sido calculado correctamente, según los parámetros de la Ley N° 19.030, y otros argumentos relativos a aspectos de operatividad y conectividad aérea.

Que en atención a ello, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL —Autoridad Aeronáutica Nacional— intervino de conformidad con las competencias que le fueron atribuidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 239 del 15 de marzo de 2007 y el Decreto Reglamentario N° 1770 del 29 de noviembre de 2007.

Que en consecuencia, la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, dependientes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, revisaron las consideraciones técnicas realizadas por la JUNTA ASESORA DEL TRANSPORTE AÉREO, y concluyeron que la solicitud no concedida al peticionante por la Resolución N° 373/2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE satisface los criterios de conveniencia, necesidad y utilidad general requeridos por el artículo 102 de la Ley N° 17.285 (Código Aeronáutico) y el principio previsto en el artículo 32, inciso f) de la Ley N° 19.030.

Que en consecuencia, conforme el principio de verdad jurídica objetiva consagrado en el artículo 1º, inciso f) apartado 3) de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549, corresponde admitir el recurso de reconsideración interpuesto, y otorgar la concesión de la ruta solicitada.

Que sin perjuicio de ello, la utilización de la ruta en cuestión deberá ajustarse a las condiciones de operación y limitaciones que correspondan a los aeródromos respectivos y, en su caso, a la obtención de los derechos de tráfico o capacidad necesarios para su efectivo ejercicio, y a los demás requisitos previstos en el Código Aeronáutico, la Ley Nº 19.030 y demás normas reglamentarias vigentes.

Que se ha comprobado oportunamente, que la compañía aérea acredita los recaudos de capacidad técnica y de capacidad económico-financiera, a que se refiere el artículo 105 del Código Aeronáutico.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (texto ordenado por Decreto N° 894/17) y la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), modificada por el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Admítase el recurso de reconsideración interpuesto por AVIAN LÍNEAS AÉREAS S.A (CUIT 30-66351285-0) contra la Resolución -RESOL-2018-373-APN-MTR del 27 de abril de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2º.- Incorpórase la ruta CÓRDOBA – ROSARIO CÓRDOBA – a las enumeradas en el artículo 1º de la Resolución RESOL-2018-373-APN-MTR del 27 de abril de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

e. 11/07/2018 N° 49526/18 v. 11/07/2018

Gracias Frank por avisar!!


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31 comentarios de “Habemus el vuelo Rosario Córdoba para Avianca Argentina

  1. Hernan dice:

    Al FIN !!!! Era un absurdo increíble la no aprobación de esa ruta. Y creo que bien explotada, no solo los ATR la pueden aprovechar. Creo que AR se dará cuenta de su error más temprano que tarde una vez que Avianca opere la ruta, y ojala vuelva a ser otra opción !!!!!

  2. Pablo dice:

    Excelente noticia para la conexion del pais!

    En cuanto al error de AR del que hablan, me parece que no es tal (por ahora) ya que un E190 es antieconomico y tengo dudas sobre la viabilidad de un 737 o un 738 ya que puede sacarle mas jugo en otras rutas.

    Ojala me equivoque y haya mercado para todos y reitero mi deseo de ver a AU convertida en feeder con aviones chicos (alla American Eagle o Delta Connection)

  3. RICARDO CUSHNIR dice:

    pero atenti, aun no tiene aviones, al agregar santa fe-aeroparque, ya no estan pudiendo cumplir algunos horarios y se le esta cayendo la puntualidad con la que venian, ademas tienen que empezar reconquista-rosario……. con el gug-guh, estan ya al limite, un desperfecto y ……

  4. LV-JMB dice:

    Qué buena noticia!! Si todo funciona como se prevé, quizá se termine conviertiendo en uno de los caballitos de batalla de A0

  5. Javier dice:

    es error de AR..?? o vaciamiento..? no era tan difícil calcular que la segunda y tercera ciudades más importantes necesitaban conexión aérea.. !

    • Sir Chandler dice:

      Vaciamiento… no no
      Tiene los aviones asignados a otras rutas. A esta nunca le dio bola y es muy corta para sus aviones.
      Ahora con un avión de 70 asientos es más lógico que lo haga Avianca.

  6. Dani The Death dice:

    Me parece que si AR no hacía esa ruta es también en parte por lobby de empresas de micros. Igualmente, son 400km con autovía doble carril (4hs en auto-micro)…
    Con lo alejado que está el aeropuerto de Rosario de la ciudad (no conozco el de córdoba), más la hora y media previa en el aeropuerto, más la hora de viaje….Si el precio no marca la diferencia con el micro, no se si es conveniente. Quizás me equivoque

    • Sir Chandler dice:

      Igual a estos vuelos si es por laburo muchos llegan una hora antes con suerte… y en ambos nortes vive mucha gente. Por eso será relativo a cada uno

      Pero si existe AEP MDQ… no entiendo por qué no existe este

    • ElToto dice:

      A mi me parece que estos vuelos no son solo por turismo; en muchas ocasiones se utilizan por negocios. Si no, tendría sentido el ROS-RCQ e imaginate que si lo van a operar, es porque hay demanda insatisfecha. No creo que A0 lo ponga por capricho, los caprichos dejáselos a las anteriores gestiones de AR.

    • RICARDO dice:

      no se si impacta en al gente que va en micro, porque el 90 % son con paradas ( en un autopista destrozada) sino a los que van en auto por trabajo, y ahi si se puede notar, sobretodo por razones de seguridad, si coincido que un buen servicio para alimentar estas lineas, seria poner un bus recolector por la ciudad, y ahi captarian bastante
      Ahora sh.. no se lo digas a nadie, es el jefe el que esta loobiando, porque las ruta es pretada en un 90 % por flecha bus, y no qiuere perder cuando lance su linea….

  7. Pablo dice:

    En hora buena a esta conexión!!! No sé si la no conexión en tres ambas ciudades era por el tipo de avion. La distancia entre ROS y AEP es menor y AU utiliza los embraers 3 (1 a EZE) veces por dia en dicha conexión, se ve que le funciona.

  8. ElToto dice:

    La verdad que esto (creo) era necesario y fundamental. El tiempo es el amo y señor; él dirá si es o no rentable.
    Lógico que para AR no era rentable por los aviones que tiene, cosa que se acercaría mas a la realidad de los ATR.
    Y lo mas mejor de todo ésto, obvio que para nosotros los rosarinos, que el vuelo ROS-COR se podrá utilizar para seguir las rutas a TUC y SLA, como se vino anunciando.
    Con SLA, ROS tiene dos o tres frecuencias semanales. Con este vuelo diario (2 veces al día, si mal no recuerdo que puso Edgardo en su blog) la conectividad es diaria. Y ni hablemos de TUC, ruta que ROS no tiene directo.
    A0 realmente me sorprendió por la calidad del servicio, espero pronto se incluya a algún programa de pasajeros frecuentes porque la verdad, lo utilizaría cada vez que pueda rajar y tomarme unos días.
    Bien por A0, vamooo!!!

  9. Lucas dice:

    Hola Sir. Espero sea competitivo no solo el precio sino también el tiempo y horarios por que desde Cba a Rosario, y viceversa, el colectivo demora entre 5.30 a 6.30 hrs de viaje y mas ventajoso es salir desde el centro de la ciudad en cambio los aeropuertos quedan bastante retirados y también teniendo en cuenta el tiempo de anticipación antes del viaje. Obvio que abogo por más vuelos para todes

  10. Matías dice:

    Quizás algún día cambiemos y las empresas que tengan un certificado de operador aéreo no tengan que pedirle permiso al gobierno de turno para decidir que ruta volar. Sin esperar que el gobierno llame a una audiencia pública, sin esperar el visto bueno de los burócratas, sin la posibilidad de que alguien soborne a esos burócratas para que no habiliten a determinada empresa a volar una ruta…y sin correr el riesgo que si llegan al gobierno los que están en contra de la competencia aérea, no renueven las rutas otorgadas. Además, como si fuera poco, negar una ruta es inconstitucional, ya que el art. 14 reconoce el derecho a ejercer toda industria licita.

  11. FrankRibery dice:

    De nada! Yo creo que el famoso LIM-COR de Avianca Perú ahora va a tener más sentido teniendo estos posibles vuelos “alimentadores” desde TUC+ROS+SFN+SLA.

    Dado que AA empezará a volar a Córdoba, es posible que también lo haga UA (que ya tiene casi todo cerrado con AV)

  12. Car dice:

    Era necesario cubrir esa ruta, celebro nuevos vuelos!!!. Ahora espero que no tengan mas inconvenientes con los aviones y se atrasen los vuelos (el lunes tuve 5 horas de demora en la salida de Rosario a Aeroparque porque el avion se quedó en Mar del Plata a la espera de un técnico para que lo arregle).

  13. Star dice:

    Al fin!!! Ahora necesito ir de la ciudad de las camisetas al jardín de la república. derechito de ser posible 😀 jajja

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