¿Permiso para repatriarse «internamente»?

NO VIAJES SIN SEGURO MÉDICO

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Hoy salió que se puede pedir permiso por RAZONES HUMANITARIAS para poder trasladarse dentro del país.

En La nación se puede leer las dos cuestiones que se habilitan CON PERMISO

para el cumplimiento de las actividades consideradas esenciales , exceptuadas de la cuarentena obligatoria, o por razones de carácter humanitario y/o sanitario .

O sea esto abre la posibilidad para que muchas personas a quienes la cuarentena las encontró lejos de sus domicilios puedan volver a los mismos. YA sea por el trabajo que hacen O POR RAZONES HUMANITARIAS PORQUE YA NO TIENE REMEDIOS, ROPA, COMIDA o lo que sea…

¿Se entiende?

Paso a aclarar que en el día de hoy en mi caso mi esposa logró trasladar a mi hija menor a su hogar natural, como bien dice la DDJJ que está en la web de la nación, y así nos hemos logrado reunir los cuatro después de un mes, gracias al asesoramiento de dos abogados, siendo uno el querido Sergio de Derecho en zapatillas.  Así fue que con un remis AUTORIZADO y pasando cuatro controles policiales nos pudimos juntar sin pisar ninguna ley…

Por eso me parece bueno que se haya abierto esta puerta porque hay más varados en el país, que fuera… siendo que los de afuera si claramente están abandonados en muchos casos sin fecha cierta de regreso. Casi que están condenados.

Promuevo esto que salió porque sin lugar a dudas pueden encontrar dentro de estos pedidos la razón para que muchos vuelvan a sus casas. Tienen que buscarle la vuelta… busquen asesoramiento, presenten sus casos y podrán volver a sus hogares, previa autorización del intendente de ese lugar… para personal de sanidad o cualquier otro que sea esencial hoy, será más fácil con esto y al resto… se lo tienen que dar también.

Esto dice la reglamentación

República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional
2020 – Año del General Manuel Belgrano
Anexo
Número:
Referencia: Reglamentación art.6 Res.MTR 71/20
ANEXO
PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRASLADOS EXCEPCIONALES DE CARÁCTER
SANITARIO Y/O HUMANITARIO Y/O DE ABASTECIMIENTO
(ARTÍCULO 6° DE LA RESOLUCIÓN N° 71 DE FECHA 20 DE MARZO DE 2020 DEL MINISTERIO DE
TRANSPORTE)
a) TRASLADOS DE TRABAJADORES
Para el traslado de trabajadores pertenecientes a actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y
obligatorio dispuesto por el Decreto N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, sea que las mismas estén previstas en el
artículo 6° del referido decreto, en las Decisiones Administrativas Nros. 429 de fecha 20 de marzo de 2020, 450 de
fecha 2 de abril de 2020, 467 de fecha 6 de abril de 2020 y 468 de fecha 6 de abril de 2020 o se incorporen a futuro, de conformidad con las previsiones del artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 355 de fecha 11 de abril de 2020; se aplicará el siguiente procedimiento:
a.1.- La empresa peticionante solicitará el traslado a una transportista habilitada para realizar servicios de transporte
automotor en jurisdicción nacional, indicando fecha y hora del traslado, cantidad de personas a transportar
–adjuntando nómina con nombre, apellido y documento de cada uno de ellos-, origen, destino y paradas del
servicio.
Esta nota deberá contener una declaración jurada de que se trata de trabajadores esenciales, detallando la actividad que realiza la empresa y la norma en la que se encuentra expresamente prevista la excepción.
En el caso de las actividades reguladas por el ESTADO NACIONAL cuyos organismos jurisdiccionales hubiesen
implementado métodos simplificados de certificación, las constancias emitidas por éstos suplirán a la solicitud
descripta en este punto.
a.2.- La transportista contratada deberá informar la solicitud al sitio de internet [email protected] con una
síntesis del pedido de traslado, a la que se adicionará el DUT vigente y un teléfono celular de contacto.
a.3.- Recibida la documentación referida en los puntos a.1 y a.2, se analizará la misma y, de corresponder, se emitirá la correspondiente nota de autorización, cuya copia deberá portarse durante todo el traslado.
b) TRASLADOS HUMANITARIOS
Para el traslado de ciudadanos argentinos o extranjeros residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA que se
peticione por razones humanitarias; se aplicará el siguiente procedimiento:
b.1.- La solicitud deberá ser dirigida a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR por la autoridad
pública (intendente o gobernador) del punto de origen del traslado, indicando fecha y hora del traslado, cantidad de personas a transportar –adjuntando nómina con nombre, apellido y documento de cada uno de ellos–, origen,
destino y paradas del servicio. Esta nota deberá acreditar que quienes serán trasladados son argentinos o extranjeros
residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA y los motivos del traslado solicitado. A su vez, deberá dejarse expresa
constancia de que los pasajeros han sido evaluados respecto de su estado de salud, en lo que refiere al COVID-19
CORONAVIRUS.
b.2.-Deberá acompañarse nota de la autoridad pública de destino (intendente o gobernador) prestando conformidad
al traslado.
b.3.- En todos los casos, deberá contratarse a una transportista habilitada para realizar servicios de transporte
automotor en jurisdicción nacional.
b.4.- La transportista contratada deberá informar la solicitud al sitio de internet [email protected] con una
síntesis del pedido de traslado, a la que se adicionará el DUT vigente, las notas referidas en los puntos b.1 y b.2, y
un teléfono celular de contacto.
b.5.- Recibida la documentación referida en los puntos b.1 a b.4, se analizará la misma y, de corresponder, se
emitirá la correspondiente nota de autorización, cuya copia deberá portarse durante todo el traslado.

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47 comentarios de “¿Permiso para repatriarse «internamente»?

  1. Luciana dice:

    Que buena noticia! Una amiga el sábado viaja a Córdoba a buscar a su mamá y a su tía que quedaron varadas en sus vacaciones. Las tres viven juntas y entiendo que está en este marco, xq tuvo que tramitar un permiso para ir en su propio auto a buscarlas.

  2. Damian dice:

    Buenisimo! Me alegro mucho por ustedes. Ojala más ppersonas puedan hacer buen uso de esta nueva reglamentación. Slds.

  3. Raul dice:

    Creo que están haciendo un poco menos estrictas las normas, trabajo en una casa de electricidad y la mayoría de los proveedores están volviendo abrir sus fabricas. Mañana arranco yo de nuevo, en lo que seria venta minorista.
    Aduana que estaba cerrado pasa a trabajar 2 días a la semana.

  4. ANA LIDIA ALLEVATO dice:

    Hola Sir, es muy útil la info que acabas de publicar. Al menos que dentro de Argentina se puedan volver a juntar las familias. Pienso en tantos argentinos varados en el mundo y me imagino que la deben estar pasando muy mal.
    Disculpame que te consulte en esta nota, pero no se donde hacerlo. Si bien es utópico en estos momentos pensar en viajes, tengo puntos que había transferido de Amex a aerolíneas argentinas y vencen en mayo. Es tal el desconocimiento de cómo seguirán los efectos de la pandemia que es imposible dar una fecha cierta a un pasaje en estos momentos. Sabes si van a prorrogar los vencimientos? estimo que muchas personas tendrán el mismo problema. Muchas gracias!!

  5. Agustina dice:

    Hola te consulto mi situación por si me podes ayudar. La cuarentena me agarro en Caba el 20/3. El 21 debía volver al partido de la costa donde tengo un local comercial que vendemos productos de higiene personal que está exceptuado en el dnu para trabajar con reparto. Como esto se está extendiendo realmente necesito viajar para tratar de vender algo. Puedo viajar con la dj de trabajo exceptuado, más foto de la habilitacion del local donde figura rubro y mi nombre?. Debería viajar con mi marido ya que el maneja y trabaja conmigo y mi hija de 5 años. Tenemos la vivienda en el mismo local comercial. Aclaro que en mi dni figura domicilio Caba porq nunca lo cambiamos. Gracias.

    • Sir Chandler dice:

      Agus puse el post para que puedan investigar por ese lado.
      Pero no tengo la data justa, entiendo que podés pedir ese permiso. Probá

  6. Pato dice:

    Ya estan juntos ????
    Que alegria !!!! la familia unida , que dificil fue seguramente , Ahora juntos es mejor …. me imagino Harry cuando las vea llegar que felicidad va a tener , ellos tambien sufren
    Bueno les mando un abrazo super grande a la familia junta

  7. Cristina Oliva dice:

    Me alegro mucho !!!!! Por fin los cuatro juntos nuevamente.
    En cuanto a los varados en el exterior es realmente increíble el maltrato de parte del gobierno con ellos, no se puede creer, más que indiferencia le llamaría maldad.

    • Sir Chandler dice:

      No se, ni idea…
      En mi caso lo logré por otro lado, el de reubicar a los menores a su hogar natural por encontrarlos el comienzo de la cuarentena en otro lugar…

  8. Damian Medina dice:

    No te conozco, pero estoy muy feliz que la familia esté nuevamente junta. Aguante el equipo de redes sociales!!!
    Abrazo desde FTE!

  9. Patricia dice:

    Como hiciste para conseguir que el Jefe de Gobierno de la Ciudad le envie a la Subsecretaria de Transporte Automotor la solicitud que permitio el traslado de parte de tu familia? Y la nota del intendente de tu ciudad de residencia tambien la necesitaste mostrar? Tardo mucho entre que el transportista envio todo a esa direccion de email y te dieron la nota de autorizacion??

    Disculpa que te haga tantas preguntas, pero una de mis hijas estudia en Cordoba y queremos traerla a nuestra casa en Rio Tercero

  10. Humberto dice:

    Buenisimo Sir !!!… Santiago me alegro, una buenisima. Justo mirando A24 comentaban de los «repatriados internos» y al toque me acorde de uds., porque ahi mencionaban gente que estaba en diferentes provincias y yo pensaba y los que están en la misma pero separados. Genial … saludos.

  11. arodriguezpetit dice:

    Felicitaciones Sir, después de mucha pelea se te dio, se lo merecían, después de tu cuarentena por viaje deberían haberse podido reunir. Seguía esa parte de tus post como una telenovela absurda de este aislamiento social forzoso. ¡¡Un abrazo a la distancia desde AFA y que los 4 disfruten este reencuentro!!.

  12. Seba dice:

    Excelente Sir!! Después de tanto tiempo pudieron volver a estar los 4 juntos en su casa. Brindo por eso!!
    pd: que sería de la cuarentena sin usté y los otros blogs que alimentan mi base de información y conocimiento diariamente. Brindo por eso también. No nos abandone jajaja

    • Sir Chandler dice:

      No es mi caso.
      Lo mio fue la DDJJ de restitución de menor a su hogar natural. Con eso se pueden mover uno de los padres con cualquiera de los hijos

  13. Juanjo dice:

    Hola Sir, si tenés info de como y donde tramitar el permiso en mar del plata, te agradecería la colaboración, tengo a mis tíos de 70 años varados y por razones de salud tienen que volver a bs as. El tema es que tienen 0 tecnología y yo estoy desde acá tratando de gestionar todo, incluso si existe la posibilidad de ir a buscarlos, porque no se si con esto va a haber algún transporte desde Mdq a BS as. Muchas gracias, por tu aporte y cooperación. Saludos. Juanjo

  14. Franc dice:

    Solo para los que disponen de vehículo o están dispuesto a gastar una fortuna en taxi, remis, kombi. Y evitando provincias que si entras te tenes que quedar 14 días. Mientras tanto AR 3 viajesitos a Río Gallegos y otros a Ushuaia.

      • Franc dice:

        A que te referis mas general? Por todo lo que lei es para los que tienen movilidad o bien para el que lo puedan ir a buscar. Se que te la podes hacer a la movilidad. Por ejemplo alquilar un auto en StaFe y devolverlo en Nqn por la modica suma de 41000 (solo la devolucion en otra ciudad). Tambien hacer toda una ingenieria de buscar otros que esten en la misma que uno y buscar algun servicio de taxi/remis. Encima tenes que no cruzar por alguna provincias por que si entras te tenes que quedar 14 dias en cuarentena (La Pampa por ej).
        Yo tengo mi pasaje comprado por AR, pero por lo visto atiende desde donde esta Dios (CABA) y a los destinos que por mas que tengan una explicacion, yo no los comparto por discriminatorio. Se lleno de varados Rio Gallegos?

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