Se establece el fin del test antígenos por viaje al arribo con fecha (no el PCR)

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También en el boletín oficial salió el tema del fin del test de antígenos y la cuarentena de los chicos

Los puntos

  • Desde ahora pueden entrar extranjeros nacionales de países limítrofes o los residentes en esos países que hayan estado al menos 14 días en esos países y no en otros
  • Se pide vacunación completa y test PCR de hasta 72hs y antígenos al arribo, más el pcr entre el 5º y 7º. Esto es lo que ahora es general para todos
  • Después de los 14 días en los que se llegue al 50% de vacunación SE DEJA DE PEDIR EL TEST DE ANTIGENOS al arribo, pero lo que da a entender que sigue el PCR previo al viaje y el que corresponde al 5º y 7º día
  • Y que los menores no vacunados tienen que seguir con la cuarentena cuando los padres estaban exceptuados por tener la vacunación completa.

Así está

a. El ingreso de las personas nacionales o residentes de países limítrofes que hayan permanecido en estos durante los CATORCE (14) días previos al ingreso al territorio nacional, hasta el 31 de octubre de 2021, incluso cuando al ingreso obedezca a razones de turismo. El ingreso al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y al conjunto de requisitos sanitarios que se listan a continuación:

i. Haber completado el esquema completo de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

ii. Prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso y test de antígenos al ingresar al país y otro PCR entre el quinto y séptimo día desde su ingreso al país.

iii. Transcurridos CATORCE (14) días desde la fecha en que nuestro país alcance una cobertura del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la población con esquema de vacunación completo, quienes ingresen al país habiendo completado el esquema de vacunación conforme el inciso i, quedarán exceptuados de la realización del test de antígenos previsto en el inciso ii.

iv. Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas –conforme incisos i, ii y iii- que resulten negativos, estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias, debiendo sin embargo realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo, contados desde su llegada al país -en caso que permanezcan por ese tiempo en territorio nacional, con la salvedad enunciada en el punto vi.

Quienes resulten positivos deberán permanecer aislados o aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.

v. Los y las menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación en los términos del inciso i, pero que se encuentren en compañía de adultos que – cumpliendo con tal condición – ingresen al país, podrán ingresar al territorio nacional, debiendo realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias y hacerse un PCR al día SIETE (7) de su llegada al país.

vi. Los extranjeros no residentes que no hayan completado el esquema de vacunación en los términos del inciso i, podrán ingresar al territorio nacional siempre que su ingreso no sea por razones de turismo, previa autorización de la Dirección Nacional de Migraciones, en los términos que establece la normativa vigente, debiendo realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias y hacerse un PCR al día 7 de su llegada al país

b. El ingreso de las personas extranjeras no residentes, a partir del 1° de noviembre de 2021. El ingreso al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y al conjunto de requisitos sanitarios que se listan a continuación:

i. Haber completado el esquema de vacunación completo por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

ii. Prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso y otro PCR entre el día quinto y séptimo día desde su ingreso al país.

iii. Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas –conforme incisos i y iii- que resulten negativas, estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias, debiendo sin embargo realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo, contados desde su llegada al país -en caso que permanezcan por ese tiempo en territorio nacional-.

Quienes obtengan resultados positivos deberán permanecer aislados o aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.

iv. Los y las menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación en los términos del inciso i, pero que se encuentren en compañía de adultos que – cumpliendo con tal condición – ingresen al país, podrán ingresar al territorio nacional, debiendo realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias y hacerse un PCR al día 7°.

c. El ingreso de los argentinos, las argentinas, los y las residentes en la RÉPUBLICA ARGENTINA y los extranjeros y las extranjeras excepcionalmente autorizados y autorizadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES para ingresar al territorio nacional por razones de índole laboral, comercial, de estudio, práctica deportiva o reunificación familiar, a partir de la entrada en vigencia de la presente.

Los argentinos, argentinas, residentes y extranjeros y extranjeras excepcionalmente autorizados y autorizadas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES por los motivos aludidos previamente, que ingresen al territorio nacional, quedarán exceptuados y exceptuadas de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias, siempre que den cumplimiento a los siguientes requisitos:

i. Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR.

ii. Prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso y test de antígenos al ingresar al país.

iii. Transcurridos CATORCE (14) días desde la fecha en que nuestro país alcance una cobertura del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la población con esquema de vacunación completo, quienes ingresen al país habiendo completado el esquema de vacunación conforme el inciso i, quedarán exceptuados y exceptuadas de la realización del test de antígenos previsto en el inciso ii.

iv. Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas –conforme incisos i, ii y iii- que resulten negativas, estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias, debiendo sin embargo realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo, contados desde su llegada al país -en caso que permanezcan por ese tiempo en territorio nacional-.

Las personas que resulten positivos deberán permanecer aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.

v. Los y las menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación en los términos del inciso i, pero que se encuentren en compañía de adultos que – cumpliendo con tal condición – ingresen al país, podrán ingresar al territorio nacional, debiendo realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias.

vi. Las personas que deban realizar la cuarentena previstas en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias, deberán realizarse una prueba PCR al séptimo día contado desde su llegada al país, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.

El costo de los tests a los que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

Pero en los anuncios se había mencionado también el fin del test pcr… bueno eso se mantiene y por ahora no se ven precisiones de cuando se evitaría

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115 comentarios de “Se establece el fin del test antígenos por viaje al arribo con fecha (no el PCR)

  1. Mani Raimondi dice:

    Hola Sir. Gracias por tus valiosos datos. Tengo una duda. Me autorizaron por copa el 8 desde Ezeiza panamá punta cana. Necesito pcr para salir o solamente 72 hs antes de volver? Me lo van a pedir para subir al avión? . Por lo que leí los argentinos con dos vacunas estaríamos exceptuados .

    • Sir Chandler dice:

      Mani es lo que te pide el país de destino

      República Dominicana no recuerdo que pida… lo ves en la web de COPA a eso

      Para volver si, porque lo pide Argentina

  2. Juan Manuel Raimondi dice:

    Hola Sir. Te quería consultar si necesito hacer pcr para salir de Ezeiza panamá punta cana o solamente al regreso 72 hs antes de abordar. Me lo piden antes de abordar le avión en Ezeiza? Por lo que ví dominicana no lo exige a los argentinos ya que tengo las dos vacunas Leí varios posteos pero no me queda claro.

    • Sir Chandler dice:

      Respondí uno igual hace minutos, no se si fue tuyo

      En Ezeiza te piden lo del país de destino… si Dominicana no te pide nada, en Ezeiza no te piden nada

  3. Juan Manuel Raimondi dice:

    Gracias por la pronta respuesta. Siempre son muy útiles tus aportes. Si, Copa no dice más que puede haber algún antígeno aleatorio al llegar pero vacunado hasta zafas de eso. Salgo el 8 y volvería el 24 de este mes y a pesar de no estar aprobada aún la vuelta me figura todo operativo y creo que me la juego igual. Más que ya llegamos al 50% vacunados.

  4. Ramiro dice:

    Hola Sir, desde que email respondieron que menores (como x ej un niño de 3 años) con padres vacunados en provincia de bs as podían hacer cuarentena en sus casas y no en hoteles? Busque el post anterior donde decías que respondieron x email a ver si estaba pero no lo encuentro.

    • Sir Chandler dice:

      Ramiro entiendo que la gente lo mandó, algunos pusieron en los post, pero tiene que estar en el sitio de la provincia

  5. Lorena dice:

    Hola cómo estás? Estoy volviendo de madrid el 2/11, calculas que para esa fecha seguirán pidiendo PcR en Ezeiza? Por otro lado , mi vuelo es un lunes a las 11:55 pm y el fin de semana el laboratorio donde me quiero hacer el pcr no trabaja , qué pasa si no llego con las 72hs de antelación? Gracias por responder

    • Sir Chandler dice:

      Hola Lorena no se como cambiará todo eso… cualquier cosa será publicada, pero hoy se sigue pidiendo

      En Madrid hay laboratorios que trabajan todos los días.

  6. Juan Armagnague dice:

    Hola Sir!! Cómo siempre tu info la mejor y más actualizada! Estoy en NYC y quería saber si sabes dónde están haciendo los PCR gratis ora viajar. Gracias!! Juan

    • Sir Chandler dice:

      Hola Juan, tengo un post de cuando estuve en julio. pero todo puede cambiar, lo ideal es que lo googlees e incluso lo pongas en google maps, que te tira esa info

  7. Enrique dice:

    Los Argentinos con las dos vacunas tienen que hacer el PCR entre el 5 y 7 dia también al volver? O solo el PCR de siempre (72hs antes del vuelo)

    Muchas gracias

  8. Brenda J. dice:

    Sir, viajamos a US el 3 de noviembre a miami. En la app de American me dice que hay que hacer cuarentena en el estado de la florida (vamos a miami), pero me parece erroneo no? , para volver con dos dniños 6 y 8 años obviamente NO vacunados, son 7 dias de cuarentena al volver a partir d enoviembre? y el PCR el dia 7? o entendi mal? veo tanto info que ya me super mareo. gracias!

  9. Lorena Elizabeth Fernandez dice:

    Buen día Sir! Te hago una consulta, si tengo un vuelo con conexion, (para volver a la Argentina) el pcr tiene que ser dentro de las 72 horas anteriores al primer vuelo que me trae al pais?

    Saludos
    Gracias!

  10. Sabri dice:

    Hola Sir! Cómo estás? Cómo siempre, gracias por toda la data! Te consulto, se sigue exigiendo el Test PCR a los 5 días del ingreso al país? Aclaro por las dudas que soy Argentina. Desde ya, muchas gracias! Saludos!

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